ANÁLISIS DEL MEDIO PROBATORIO MÁS IMPORTANTE DEL PROCESO CIVIL

Revisión de los problemas dogmáticos y operativos de la prueba documental.

Dirigida a los jueces, auxiliares jurisdiccionales de las salas y juzgados civiles del Poder Judicial, Juzgados de Paz y la Corte Suprema, abogados civilistas litigantes, notarios, registradores, árbitros, conciliadores y consultores.

La prueba documental es, frente a los demás medios
de probanza, el medio más recurrido en el proceso civil.

Hay la tendencia a creer que la prueba documental
garantiza per se la eficacia en la pretensión de buscar
formar convicción en el magistrado acerca de la veracidad
de una alegación.

El artículo 237 del Código Procesal Civil preceptúa
que son distintos el documento y su contenido,
pudiendo subsistir este último aunque el primero
sea declarado nulo.

Su aparente simplicidad encierra,
en la práctica forense civil,
complejidades dogmáticas y operativas
con respecto a su actuación, impugnación y valoración.

Las fuentes exhaustivas de información jurisprudencial
y doctrinaria que contiene esta obra, apuntan
a un estudio atento y riguroso en torno
a la problemática de la instrumentalización del valor
y de la eficacia de la prueba documental.

¿QUÉ HACE A ESTA OBRA SINGULAR Y ÚTIL?

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EL ÚNICO ESTUDIO ESPECÍFICO SOBRE UNA MATERIA DETERMINANTE EN LA ACTIVIDAD PROBATORIA.

Hay libros que deben estar en la mesa de trabajo de los operadores jurídicos. Este es uno de ellos. Trata, de modo específico, sobre la prueba documental en el proceso civil. Su tratamiento no se reduce al tradicional 
instrumento escrito, pues la prueba documental está también constituida por otros medios probatorios, señalados expresamente por el artículo 234 del Código Procesal Civil.

La bibliografía peruana registra estudios sobre la materia dentro de una temática mayor, abordando la prueba documental de modo tangencial y poco exhaustivo, o como estudios breves en forma de artículos. Esta obra
cubre un vacío bibliográfico y reivindica la importancia capital que la prueba documental tiene en la actividad probatoria forense.

Recurso 29ICO.Doc

LA ÚNICA OBRA QUE TRATA DE MODO INTEGRAL LA PRUEBA DOCUMENTAL A PARTIR DE SUS FUENTES NORMATIVAS, JURISPRUDENCIALES Y DOCTRINARIAS.

Basta con revisar rápidamente el índice completo de esta obra para concluir que estamos ante un mapa completo de -literalmente- todos los aspectos que estructuran la prueba documental como instituto y como instrumento jurídico.

La prueba documental se encuentra regulada, principalmente, en el Capítulo V («Documentos») del Título VIII («Medios probatorios») de la Sección Tercera («Actividad procesal») del Código Procesal Civil. En su artículo 234, señala, a título de ejemplo, una serie de objetos que pueden considerarse como documentos: los escritos públicos, los escritos privados, los impresos, las fotocopias, el facsímil, los planos, las fotografías, las radiografías, las microformas (tanto en la modalidad de microfilm como en la modalidad de soportes informáticos, electromagnéticos, electrónicos, etc.), la telemática en general, reproducciones de audio o video, entre otros.

Esta obra no solo está basada en la normativa que regula la prueba documental sino está estructurada y enriquecida con jurisprudencia casatoria y doctrina vinculada, cuidadosamente seleccionadas; y se complementa con modelos de escritos especialmente elaborados para convertirla en una útil herramienta para dominar la prueba documental y utilizarla con eficacia, precisión y ventaja en el proceso civil peruano.

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MODELOS: PRÁCTICA FORENSE DE LA PRUEBA
DOCUMENTAL

La obra incluye una sección de práctica forense vinculada a la prueba documental consignando 88 modelos de escritos que servirán de pauta para los operadores jurídicos. Cada modelo se presenta bajo una estructura lógica, secuencial y decantada por la práctica forense; e incluye entre otros, un apartado para la fundamentación legal basado en los artículos normativos que se citan y que han sido rigurosamente actualizados.

Los modelos se presentan bajo las siguientes secciones:

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LA IMPORTANCIA DE LA PRUEBA DOCUMENTAL Y LA EXIGENCIA DE CONOCER A FONDO SU VALOR PROBATORIO.

El carácter permanente de la representación de los hechos que contiene la prueba  documental le confiere su valor instrumental como medio probatorio. Sin  embargo, este medio probatorio no significa que se vea excluido de toda duda en cuanto a su autenticidad extrínseca y sustancial. Más aún si la tecnología actual concurre a facilitar su adulteración, lo que está llevando a extremar el examen crítico de la eficacia del documento privado como medio probatorio en comparación al documento público, cuya eficacia probatoria plena no se contradice con igual intensidad.

No todos los documentos que se incorporan en un proceso civil integran la prueba documental, ni todos los documentos que sí la integran sirven sólo a la función probatoria. En unos casos, no se tratan de objetos destinados a fijar unos hechos procesalmente relevantes con respecto al fondo de lo controvertido; en otros casos -aunque los hechos documentados hagan referencia al objeto del proceso-, los documentos correspondientes cumplen una función que no se circunscribe a la prueba, aunque sean inseparables
de ella.

ESTRUCTURA DE LA OBRA

CAPÍTULO I

NOCIONES PRELIMINARES SOBRE LOS DOCUMENTOS

CAPÍTULO II

CLASES DE DOCUMENTOS

CAPÍTULO III

RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTOS

CAPÍTULO IV

COTEJO DE DOCUMENTOS

CAPÍTULO V

EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS

CAPÍTULO VI

CUESTIONES PROBATORIAS VINCULADAS A LA PRUEBA DE DOCUMENTOS

CAPÍTULO VII

ACTUACIÓN DE DOCUMENTOS EN VÍA DE PRUEBA ANTICIPADA

CAPÍTULO VIII

APRECIACIÓN O VALOR PROBATORIO DE LOS DOCUMENTOS

PRÁCTICA FORENSE

Nació en Sevilla, España (1968). Siguió estudios de Derecho en la correspondiente Facultad de la Universidad de San Martín de Porres, graduándose de abogado en 1993. Ha concluido sus estudios de postgrado de Maestría en Derecho Civil y Comercial en la mencionada universidad.

Alberto Hinostroza tiene una trayectoria singular en el derecho peruano. Se ha dedicado, casi de modo excluyente, a una labor de investigación sumamente focalizada en dos de las grandes disciplinas del derecho privado: el Derecho Civil y el Derecho procesal Civil. Como resultado ha producido uno de los corpus jurídicos más completos dentro del ámbito nacional. Sus obras han diseccionado literalmente los códigos de las referidas materias; caracterizándose por conferirle a los contenidos de sus obras elementos prácticos, sin perjuicio del rigor jurídico, con el claro objetivo de que se constituyan en verdaderas herramientas para el trabajo diario de los operadores legales. Su obra de mayor envergadura es “Derecho Procesal Civil”, publicada en doce volúmenes.

Es autor, entre otras, de las siguientes obras de doctrina y de comentarios:

Asimismo, parte de su producción jurídica a estado orientada a un exhaustivo trabajo de identificación, selección y sistematización de jurisprudencia, lo que ha dado lugar a las siguiente publicaciones:

Presentación en tapa dura

Con sobrecubierta

Guardas en papel especial

Páginas en papel avena de 80 g

Encuadernación: costura francesa