“ESTAMOS LEJOS DE PRETENDER OFRECER UN MANUAL NEUTRO”

La obra es exhaustiva en lo dogmático, riguroso en lo probatorio y útil en lo forense.

Esta obra escapa del típico formato
de los manuales tradicionales.
Los autores no han llenado sus páginas
con opiniones o comentarios
meramente descriptivos.

En contraste,
expresan aquí sus posiciones sin tibiezas.
Planteando serias críticas,
a partir de una metodología sistemática,
cuando la doctrina o la jurisprudencia nacional
mayoritarias se han apartado del rigor,
en un contexto de constantes reformas legislativas
que están erosionando el programa penal
de la Constitución impactando en el apartado
regulatorio de los delitos
contra la Administración Pública.

En palabras de los autores, este es un trabajo
que está “lejos de pretender ofrecer un manual neutro”.
Una neutralidad que implicaría “una forma de complicidad
con el estado actual de cosas”.
Esta obra busca construir herramientas capaces de elevar
el estándar de motivación de las decisiones judiciales
y de afinar las estrategias de defensa frente a inferencias
precipitadas o débilmente fundadas.

Una obra dirigida a abogados litigantes, jueces, fiscales, auxiliares jurisdiccionales, asistentes en función, procuradores, funcionarios de contraloría, abogados de las áreas legales de las entidades públicas, funcionarios públicos y profesores universitarios.

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La presente obra, Delitos contra la Administración Pública, forma parte de la colección denominada “Serie Grandes Firmas Jurídicas”. Como es sabido, los estudios de abogados más reconocidos del país desarrollan, bajo la autoría de sus más connotados miembros, trabajos de investigación en las materias en las que se especializan. Praxis ha establecido alianzas con estas importantes firmas con el objetivo de ofrecer al mercado de abogados obras de gran relevancia temática y rigor metodológico.

¿QUÉ HACE A ESTA OBRA SINGULAR Y ÚTIL?

Ejercer la acusación penal desde la función fiscal o denunciar desde la procuraduría exige conocimiento profundo de los fundamentos dogmáticos penales. Lo mismo se aplica para el ejercicio de la defensa o para el trabajo de juzgamiento de los tribunales. Lo que está en juego no es poco: la declaración de culpabilidad o de inocencia de una persona.

Aquí no hay margen de error, más aún si los delitos contra la Administración Pública son delitos cuya acreditación se construye generalmente sobre indicios: la concertación del acuerdo colusorio, el interés indebido en la negociación incompatible, la apropiación en el peculado, rara vez se acreditan mediante prueba directa. En este ámbito de aplicación es donde se juega buena parte de las garantías procesales, y en donde la teoría de la prueba indiciaria se confronta.

Esta obra contribuye a un conocimiento más minucioso y más exigente sobre cómo las diversas reformas o cambios legislativos están reconfigurando, asistemáticamente, la dogmática del Derecho Penal en su apartado que regula los diversos tipos penales relacionados con los delitos contra la Administración Pública.

El Título XVIII del Libro II del Código Penal de 1991 se ha convertido en un texto irreconocible para sus propios redactores originales. La sucesión de modificaciones a los diversos tipos penales, la derogación y creación de figuras agravadas o autónomas, la introducción periódica de cláusulas de imprescriptibilidad o de excepciones a institutos garantistas configuran un panorama legislativo que responde más a la coyuntura mediática que a la racionalidad sistemática.

Si a esto se añade las relaciones, convergencias y divergencias entre el Derecho Penal y el Derecho Administrativo Sancionador y las recurrentes tensiones competenciales entre fiscalías especializadas, Contraloría y Procuraduría, el resultado es un subsistema que no ofrece respuestas, sino problemas.

Frente a este escenario, Carlos Caro y Miguel Reyna, dos importantes penalistas del país, ponen en esta potente obra el acento en la integración, desde una visión práctico-forense, de las cuestiones dogmáticas, las cuestiones probatorias y el análisis de las figuras fundamentales para plantear soluciones a los problemas más relevantes que hoy aquejan al actual sistema penal peruano que regula los delitos contra la Administración Pública.

La obra ha sido estructurada sobre tres grandes ejes temáticos:

¿Por qué es importante la revisión que los autores hacen de las cuestiones dogmáticas y cuál es su efecto práctico en el trabajo forense de los  abogados litigantes, fiscales jueces o procuradores públicos?

Respondamos la pregunta con un ejemplo: tomemos el concepto del llamado “bien jurídico penal” en los diversos tipos de delitos contra la Administración de Pública. Su detenido análisis, no es un asunto de mera teoría: tiene una trascendencia en la práctica forense.

La identificación del bien jurídico protegido en los delitos contra la Administración Pública servirá para delinear las estrategias de las partes procesales en el curso del proceso penal.

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Podría parecer ingenuo, o incluso anacrónico, volver sobre cuestiones dogmáticas fundamentales. Sin embargo, hoy es necesario retomarlas: cuando la tipicidad se ensancha por presión del clamor social, cuando los tribunales construyen estándares probatorios ad hoc para asegurar la condena, y cuando los principios constitucionales se invocan de manera selectiva, el retorno a los fundamentos no es un ejercicio académico sino una exigencia de mínimo rigor constitucional.

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ESTRUCTURA DE LA OBRA

CAPÍTULO I

LA FUNCIONALIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COMO BIEN JURÍDICO GENÉRICAMENTE PROTEGIDO EN EL TÍTULO XVIII, DEL LIBRO II, DEL CÓDIGO PENAL

CAPÍTULO II

EL CONCEPTO PENAL DE FUNCIONARIO PÚBLICO

CAPÍTULO III

LA AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN EN LOS DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS

CAPÍTULO IV

LÍMITES A LA PARTICIPACIÓN CRIMINAL EN EL ÁMBITO DE LOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CAPÍTULO V

LA REGULACIÓN DEL DELITO CONTINUADO. DIFICULTADES OPERATIVAS E INCONGRUENCIAS PARTICULARMENTE EN EL ÁMBITO DE LOS DELITOS CONTRA LA FUNCIÓN PÚBLICA

CAPÍTULO VI

DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, DERECHO DISCIPLINARIO Y DERECHO PENAL. CONEXIONES, CONVERGENCIAS Y DIVERGENCIAS

CAPÍTULO I

EL DELITO DE COLUSIÓN DESLEAL. ARTÍCULO 384° DEL CÓDIGO PENAL

CAPÍTULO II

EL DELITO DE NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE. ARTÍCULO 399° DEL CÓDIGO PENAL

CAPÍTULO III

EL DELITO DE PECULADO. ARTÍCULO 387° DEL CÓDIGO PENAL

CAPÍTULO IV

LOS DELITOS DE COHECHO. ARTÍCULOS 393°, 394° Y 397° DEL CÓDIGO PENAL

CAPÍTULO V

EL DELITO DE ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS. ARTÍCULO 401° DEL CÓDIGO PENAL

CAPÍTULO VI

EL DELITO DE PREVARICATO. ARTÍCULO 418° DEL CÓDIGO PENAL

SOBRE LOS AUTORES

Dino Carlos
Caro Coria

Es un jurista cuya trayectoria profesional no puede explicarse sin poner un mapa sobre la mesa: su recorrido intelectual conecta Lima con Salamanca, Freiburg, Manchester, Boston, Barcelona y Madrid. Una ruta hacia la dogmática penal de mayor referencia que explica su orientación a la práctica forense de alta complejidad y una visión anticipada de hacia dónde se mueve el Derecho Penal en tiempos de transformación tecnológica.

Su vocación jurídica comenzó en una época en la que el Derecho Penal peruano todavía miraba con distancia materias que hoy son parte de la agenda jurídica: criminalidad empresarial, responsabilidad penal de la persona jurídica, cumplimiento normativo, lavado de activos o prevención de riesgos corporativos.
Mientras muchos seguían mirando el Derecho Penal desde sus categorías más clásicas, Caro Coria se decantaba por un futuro que hoy es presente: la dinámica y las tensiones entre el poder económico, la regulación y la sanción penal.

Ese interés lo llevó a cruzar el Atlántico y doctorarse en Derecho en la Universidad de Salamanca, una de las grandes canteras del  pensamiento jurídico iberoamericano. Más adelante realizaría estudios posdoctorales en el prestigioso Instituto Max Planck de Freiburg, en Alemania, uno de los centros de investigación penal y criminológica más influyentes del mundo. Ahí, en contacto con algunas de las escuelas dogmáticas más sólidas de Europa, terminaría de consolidar una visión comparada y profundamente técnica del Derecho Penal Económico.

Dino Carlos Caro Coria es socio fundador de Caro & Asociados, firma especializada en Derecho Penal Económico y litigios complejos con presencia en Lima, Madrid y Barcelona. Desde su reconocido bufete ha acompañado a empresas, directorios y altos ejecutivos en investigaciones de enorme sensibilidad jurídica y reputacional, convirtiéndose en referencia obligada en la defensa penal corporativa.

La producción bibliográfica de Dino Carlos Caro Coria, sus múltiples roles institucionales y su liderazgo académico como director del Centro de Estudios de Derecho Penal Económico y de la Empresa – CEDPE, presidente de la Asociación Internacional de Compliance y director del Anuario de Derecho Penal Económico y de la Empresa – ADPE, terminan de perfilar a un jurista cuya trayectoria e influencia trasciende fronteras.

Como académico, litigante, reformador, gestor y visionario, Dino Carlos Caro Coria pertenece a esa cepa de juristas que no esperan a que el Derecho Penal cambie para adaptarse, sino que tienen una activa participación en su reforma y transformación.

Luis Miguel
Reyna Alfaro

Ha moldeado una carrera profesional que, desde hace más de dos décadas, transita con naturalidad y solvencia entre la litigación penal, la investigación académica y la formación de nuevas generaciones de abogados.

El recorrido profesional de Luis Miguel Reyna Alfaro como docente universitario e investigador académico ha ido en paralelo a su labor de litigación, sagaz y estratégica. Con más de veinte años de experiencia en procesos penales de alta complejidad, ha construido una sólida reputación asociada a la estrategia, a la precisión técnica y a la lectura integral de los conflictos penales corporativos, particularmente en materia de delitos económicos y delitos contra la Administración Pública. Actualmente forma parte de Caro & Asociados, firma peruana especializada en Derecho Penal Económico y de la Empresa, y principal boutique de compliance del Perú. 

Quienes lo conocen saben que detrás de su imagen y estilo pausado hay un observador agudo y entrenado para identificar aquello que otros suelen pasar por alto. No solo aborda el patrocinio legal desde un enfoque holístico, también presta atención a lo que parece irrelevante: el detalle procesal, la contradicción probatoria, el punto exacto donde puede cambiar el destino de un caso. Ese expertise se ha proyectado en su actividad bibliográfica y se nota y reconoce con claridad en esta obra.

Su múltiple perfil profesional como abogado litigante, profesor, investigador y autor de publicaciones jurídicas de visible influencia, hacen de Luis Miguel Reyna Alfaro un destacado representante de una generación de penalistas que aprendió que el conocimiento jurídico solo es relevante si se contrasta dentro de una permanente dinámica de tensión entre los conocimientos adquiridos en la academia y la concreción y materialidad de los expedientes, las audiencias y las decisiones críticas. Esta combinación, de teoría y práctica, se refleja con nitidez en cada obra que lleva su firma.

Presentación en tapa dura

Con sobrecubierta

Guardas en papel especial

Páginas en papel avena de 80 g

Encuadernación: costura francesa

432
páginas